Cabo da Roca, en Portugal, es el punto más occidental de Europa.

Hoy, ese borde —al menos en lo tributario— se movió: Portugal eliminó a Uruguay de su lista de jurisdicciones de tributación privilegiada (Portaria n.º 292/2025/1).

Un cambio técnico, sí, pero con efectos reales para los chilenos que planifican residencia e inversión internacional.

Desde el 1 de enero de 2026, Uruguay dejará de ser tratado como “paraíso fiscal”, eliminando sobrecargos y restricciones históricas.

Ambos países se reconocen ahora como jurisdicciones cooperantes, abriendo un corredor fiscal eficiente y legítimo entre Sudamérica y Europa.

En la práctica:

  • Bajan las retenciones sobre dividendos e intereses (de 35% a tasas de convenio entre 5% y 15%).
  • Desaparecen los sobrecostos inmobiliarios, como el Impuesto Municipal sobre Inmuebles (#IMI) y el Impuesto Municipal sobre Transmisiones Onerosas (#IMT), que volverán a tasas normales.
  • Se recupera la deducibilidad de gastos y se alivia el compliance tributario.

Para los patrimonios chilenos, el escenario cambia: Uruguay sigue siendo base de estabilidad y gestión patrimonial; Portugal, la puerta de entrada a Europa con residencia UE y beneficios fiscales.

Desde 2026, ambas jurisdicciones se complementan, permitiendo estructuras con sustancia y propósito real:

🔹 residencia tributaria en Lisboa,

🔹 family office en Montevideo,

🔹 inversión inmobiliaria transparente y defendible.

 

2025 es la ventana para ajustar estructuras y anticipar el nuevo marco.

Las decisiones patrimoniales no se improvisan: se planifican con método, sustancia y jurisdicciones que conversen entre sí.

 

LegalKap / Algo Law Firm

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